El Gobierno oficializó la extensión del programa Cuota Simple, un plan de financiación al consumo impulsado por la Secretaría de Comercio. Desde este viernes y hasta el 31 de diciembre, los comercios podrán ofrecer pagos en 3, 6, 9 o 12 cuotas fijas en todos los rubros incluidos con una tasa de financiamiento nominal anual del 50%.
A los 29 rubros que estaban adheridos se sumaron otros cinco: materiales para la construcción, seguridad electrónica y kits para la conexión de internet satelital (Starlink), entre otros.
En el marco de la baja de la tasa de política monetaria, la medida busca tratar de incentivar el consumo.
Todos los productos y servicios se pueden adquirir vía compra online y en los locales adheridos de todo el país, identificados por el cartel del programa “Cuota Simple” en sus vidrieras, los siete días de la semana, con todas las tarjetas de crédito a las que se encuentre adherido el comercio.
Qué se puede comprar con Cuota Simple
Anteojos y lentes de contacto: Anteojos recetados, adquiridos en ópticas, cuyo precio final no supere los NOVENTA Y SIETE MIL PESOS ($97.000).
Artefactos de iluminación: Incluyendo los artefactos eléctricos de iluminación con tecnología LED.
Artículos escolares de librería: cuadernos, papelería, lápices, lapiceras, mochilas, cartucheras, etiquetas, entre otros.
Bicicletas: Todo tipo de bicicletas, inclusive las eléctricas, sus partes y/o piezas.
Calzado y marroquinería: Calzado deportivo y no deportivo, carteras, maletas, bolsos de mano y artículos de marroquinería de cuero y otros materiales.
Colchones y sommiers
Computadoras, Notebooks y Tabletas
Elementos durables de cocina: ollas, cacerolas, sartenes y planchas, todos de aluminio.
Equipamiento médico: Comprende equipos aparatos de oxigenoterapia, nebulizadores, camas ortopédicas, sillas para bañarse, sillas de transferencia, barras de sujeción, sillas de ruedas, ortesis, ortopedia y sus partes (prótesis para amputados, valvas a medida, ortesis a medida, plantillas, corsets a medida, andadores, bastones, muletas) producidos por PyMEs nacionales cuyo precio final no supere los DOSCIENTOS MIL PESOS ( $200.000).
Espectáculos y Eventos culturales: obras teatrales y conciertos de artistas nacionales, y se establece un tope de SESENTA Y DOS MIL PESOS ($62.000).
Indumentaria: Prendas de vestir para hombres, mujeres y niños. Incluye ropa de trabajo, deportiva, de uso diario y todo tipo de accesorios de vestir.
Instrumentos musicales
Juguetes y juegos de mesa
Kit para la conexión domiciliaria a los servicios de agua y cloacas
Libros: Textos escolares y libros de impresión nacional.
Línea Blanca: Aires acondicionados, climatizadores de aire y/o ventilación, lavavajillas, lavarropas y secarropas, cocinas, hornos y anafes, calefactores y estufas, termotanques y calefones, heladeras, congeladores y freezers.
Maquinaria y Herramientas: Taladros, amoladoras angulares, lijadoras, pulidoras, sierras, soldadoras con electrodos revestido, soldadora sistema TIG, soldadora sistema MIG-MAG y morsas.
Motos: Comprende todas las motos cuyo precio final no supere el MILLÓN TRESCIENTOS MIL PESOS ($1.300.000)
Muebles para el hogar
Neumáticos, accesorios y repuestos: accesorios, kit de conversión de vehículos a gas GNC y repuestos para automotores y motos.
Pequeños Electrodomésticos: pavas eléctricas, licuadoras, procesadoras, batidoras, tostadoras, entre otras.
Perfumería: Productos de cosmética, cuidado personal y perfumes nacionales.
Servicios educativos: Cursos de Idioma, relacionados con informática, deportivos y actividades culturales. No incluye escuelas ni universidades.
Servicios de preparación para el deporte: Gimnasios.
Servicios de reparaciones: Servicios técnicos de electrónica y electrodomésticos para el hogar.
Talleres de reparación de vehículos automotores y motocicletas
Teléfonos celulares con tecnología 4G y 5G: Todos los modelos.
Televisores y monitores: Todos los modelos.
Turismo: Comprende los siguientes servicios y/o productos a ser prestados íntegramente dentro del Territorio Nacional: pasajes de ómnibus de larga distancia, pasajes aéreos, hoteles y otros alojamientos turísticos, paquetes turísticos adquiridos a través de agencias de viaje, autos de alquiler, excursiones y actividades recreativas, y productos regionales. El plazo de operatoria del presente rubro tendrá una vigencia de NOVENTA (90) días, contados a partir del día 7 de febrero del 2024.