La jueza Administrativa de Faltas confirmó que son más de cuarenta los casos en curso de sanciones por transporte de pasajeros a través de aplicaciones, cuyas ordenanzas respaldatorias fueron declaradas inconstitucionales por la jueza Correccional.
En la ciudad de Ushuaia, el Juzgado Administrativo de Faltas enfrenta una creciente complejidad jurídica en torno a las sanciones impuestas a conductores que operan a través de aplicaciones de transporte de pasajeros, como Uber.
Silvina Oyarzún, jueza Administrativa de Faltas, confirmó por FM Master’s que actualmente su despacho tramita más de cuarenta causas relacionadas con esta actividad, muchas de las cuales están en diferentes etapas procesales, ya sea en instancia de prueba, para resolver o para dictar sentencia.
La raíz del conflicto radica en una reciente declaración de inconstitucionalidad de las ordenanzas municipales por parte de la jueza Correccional, Dra. Maiztegui Marcó, en relación con doce casos específicos. Estas ordenanzas son las que prohíben la prestación de servicios de transporte de pasajeros mediante aplicaciones dentro del ejido urbano de Ushuaia.
Sin embargo, Oyarzún aclaró que este fallo no tiene carácter vinculante para su juzgado más allá de los casos concretos mencionados en la sentencia. «La ordenanza sigue vigente, y de detectarse un caso de alguien que toma un vehículo bajo una aplicación dentro del ejido, la ordenanza prohíbe esta actividad y sigue vigente«, señaló.
La jueza también subrayó que, aunque en los descargos presentados por los conductores se planteó la inconstitucionalidad de la norma, su juzgado carece de la potestad para resolver sobre la constitucionalidad de las leyes. Esta facultad reside exclusivamente en el Poder Judicial, lo que añade una capa adicional de complejidad al tratamiento de estos casos. «El Juzgado de Faltas no tiene la potestad de control de constitucionalidad. Lo tiene el Poder Judicial«, explicó Oyarzún, detallando que su rol se limita a aplicar las normativas vigentes y resolver los casos particulares basándose en los elementos presentados.
El panorama legal se complica aún más dado que las resoluciones judiciales no siempre son de aplicación obligatoria para el Juzgado de Faltas, a menos que provengan del Superior Tribunal de Justicia. «Lo que resuelve el Poder Judicial, salvo que sea un pronunciamiento del Superior Tribunal de Justicia, no es de aplicación obligatoria para el Juzgado de Faltas«, afirmó, dejando en claro que cada causa debe ser atendida de manera individual.
A pesar del fallo de inconstitucionalidad en los doce casos mencionados, la ordenanza que prohíbe la actividad de Uber sigue en vigor. «Todas las que tengo para resolver se dan en un marco de una ordenanza que hoy está vigente», sostuvo Oyarzún, quien además reveló que, en algunas de las más de cuarenta causas en curso, las partes han presentado nuevas pruebas, mientras que en otras se está a la espera de la notificación de sentencias o de la resolución de apelaciones.
El desarrollo de estas causas en el Juzgado de Faltas pone de relieve la tensión existente entre las normativas locales y las interpretaciones judiciales sobre su constitucionalidad. La posibilidad de que el Superior Tribunal de Justicia emita un pronunciamiento definitivo podría simplificar la situación, pero hasta entonces, cada caso deberá ser evaluado bajo la normativa vigente. «Solamente un pronunciamiento del Superior Tribunal de Justicia, si declaran ellos que la norma es inconstitucional, listo, se terminó«, concluyó la jueza Silvina Oyarzún, apuntando a la necesidad de una resolución judicial de mayor rango para aclarar definitivamente la legalidad de esta actividad en Ushuaia.