AREF lanzó un plan de pago especial para deudas de 2020 y 2021

Luego de las reuniones mantenidas entre el director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) Oscar Bahamonde y representantes de las Cámaras de Comercio, el Organismo decidió avanzar en distintas herramientas que permitirán acompañar a los comerciantes. Es por ello que en el marco de la pandemia, a solicitud del Gobernador Gustavo Melella, el Gobierno Provincial continúa implementando acciones que realizan la reactivación de la economía local, a través del acompañamiento a los comerciantes.

Como parte de las herramientas, la AREF confirmó la posibilidad de acceder a un plan de pago especial para deudas de 2020 y 2021 y la postergación los vencimientos de certificados y DDJJ.

El titular de la AREF, Oscar Bahamonde aseguró que “estas acciones son parte del compromiso asumido, fueron consensuadas y trabajadas con la cámara” remarcando que el principal objetivo que buscan es “acompañar al sector privado, el cual es fundamental en el rol en la economía y en las arcas del Estado ”.

“Nuestra intención siempre es la de descomprimir e ir ayudando a cada uno de los sectores de la economía local”, evaluó Bahamonde reiterando que “en definitiva este dinero termina volcándose en recursos para el Estado y consecuentemente hacia los vecinos y las vecinas”.

Respecto a las nuevas acciones, la AREF especificó que el régimen especial de facilidades de pago es para la cancelación de obligaciones que hayan vencido durante el ejercicio fiscal 2020 y hasta el 31 de mayo del corriente año. El beneficio comprende deudas en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos en y los adicionales a dicho impuesto, podrá extenderse hasta 48 cuotas, con una tasa de interés mensual de financiación del 2% mensual y un período de gracia de dos meses para el pago de la primera cuota.

Los interesados ​​en acceder a dicho plan u obtener mayores detalles, podrán ingresar ahttps://tramites.aref.gob.ar/

Mientras que por otro lado, se prorrogó hasta el 31 de agosto del corriente año, la vigencia de los certificados que extiende el organismo cuyos vencimientos operen durante los meses de junio, julio y agosto de 2021. También hasta esa fecha -31 de agosto- quedarán suspendidos los inicios de nuevos procesos de ejecución fiscal.