Comenzó la veda para la difusión de encuestas electorales

Las empresas de encuestas y sondeos de opinión que incumplan las disposiciones recibirán primero un llamado de atención, luego un apercibimiento; después una multa, y por último una suspensión o cancelación de la inscripción en el Registro.

Los medios de comunicación y los portales de internet a partir del dia de hoy no podrán difundir encuestas y sondeos de opinión o pronósticos sobre los resultados de las PASO del 11 de agosto, dado que a partir del primer minuto de hoy comenzó a regir la veda para ello, de acuerdo a lo establecido por la ley electoral.

Según el artículo 44 de la ley 26.571, ocho días antes de cada elección y hasta tres horas después de su cierre, “ningún medio de comunicación, ya sean éstos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, internet u otros, podrá publicar” este tipo de relevamientos.

“Los medios de comunicación que incumplan esta disposición podrán ser sancionados con multa del cero coma uno por ciento (0,1%) al diez por ciento (10%) de la facturación de publicidad obtenida en el mes anterior a la comisión del hecho”, señala la norma.

El proceso de aplicación de la sanción, que podrá iniciarse de oficio o por denuncia, «estará a cargo del juez federal con competencia electoral del distrito del domicilio de la empresa y la decisión será apelable ante la Cámara Nacional Electoral».

La actividad de las empresas que realizan encuestas está regulada por la ley, que fija un plazo para su difusión y obliga a los medios masivos de comunicación a «citar la fuente de información, dando a conocer el detalle técnico del trabajo realizado».